Diputados aprueban en lo general y particular Ley de Delitos Electorales.
La Cámara de Diputados aprobó en sus términos, en lo general y en lo particular, la minuta del Senado de la República sobre la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
Dicha legislación, que se turnó al Ejecutivo federal para su promulgación, es la primera del paquete de leyes secundarias que reglamentan la reforma constitucional en materia político electoral, que fija las normas y sanciones económicas y de prisión en casos de que se cometan irregularidades en comicios.
Se establecen tipos penales, sanciones, distribución de competencias y formas de coordinación entre la federación y los estados y tiene como objetivo proteger el desarrollo electoral y la consulta popular.
El documento fue avalado en lo general con 384 votos a favor, 34 en contra y 13 abstenciones, y posteriormente el pleno rechazó de manera gradual 21 reservas, 10 de ellas presentadas por la fracción de Movimiento Ciudadano, seis del PRD y cinco del Partido del Trabajo (PT).
En lo particular, la normativa se aprobó en los términos que estaban los artículos reservados con 362 votos a favor, 29 en contra y 11 abstenciones.
La ley, aprobada en la primera sesión del primer periodo extraordinario del receso legislativo, prevé sanciones de hasta 15 años de cárcel a quien lave dinero, condicione el voto, coarte o coopte al electorado o pretenda manipular elecciones a su favor.
La mayor penalidad establecida, de cinco a 15 años de prisión y de mil a cinco mil días de multa, se impondrá a la persona que realice, destine o reciba aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política, cuando exista una prohibición legal para ello.
También se sancionará cuando los fondos tengan un origen ilícito, o en montos que rebasen los permitidos. Esta pena aumentará hasta en una mitad más cuando la conducta se realice en apoyo de una precampaña o campaña electorales.
Fuente: Notisistema